PROCURADOR MUNICIPAL :  

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CV

OFICINA DE PROCURADURIA MUNICIPAL

La Oficina de Procuraduría Municipal es un Órgano de Asesoramiento en Defensa Judicial, encargado de la representación y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, está a cargo del Procurador Publico Municipal quien es un Funcionario de confianza designado por el Alcalde.El Procurador Publico Municipal depende administrativo de la Municipalidad Distrital el Alto y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del estado (Ministerio de Justicia) Ejerce el cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.

FUNCIONES DE LA GERENCIA MUNICIPAL

1.Ejercer la Defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, tanto judicialmente corno ante procesos arbitrales y administrativos, al igual que ante el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, en investigaciones promovidas por denuncias que afecten a la Municipalidad.

2.Ejercer la representación de la Municipalidad en los requerimientos que se le haga, por solicitudes de conciliación ante centros de esta naturaleza, formulando la solicitud para proceder a conciliar, cuyo efecto de manera motivada requiera autorización del Consejo Municipal.

3.Asesorar a la Alta Dirección y a los funcionarios Municipales en asuntos de carácter Judicial.

4.Proponer los objetivos, políticas, planes y presupuestos de la Procuraduría Pública Municipal.

5.Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario de cualquier entidad pública, así corno todo organismo del Sector Justicia, para el ejercicio funcional.

6.Iniciar procesos judiciales en contra de los funcionarios, servidores o terceros, por disposición del Concejo Municipal, cuando el Órgano de Control Institucional hubiese encontrado responsabilidad Civil o Penal.

7.Impulsar los procesos judiciales a su cargo, formular requerimientos e interponer medios de defensa contra decisiones que atenten los intereses de la Municipalidad.

8.Informar al Concejo Municipal de manera inmediata las notificaciones de las sentencias judiciales, expedientes en contra de los intereses o derechos de la Municipalidad, bajo responsabilidad.

9.Participar en nombre de la Municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial y otras donde se encuentre inmersos los intereses y derechos de la Municipalidad.

10.Proceder a formular denuncias ante el Ministerio Público cuando el Alcalde mediante acto administrativo lo autorice, en los casos en que se haya cometido un acto doloso en dependencia de la Municipalidad, informando inmediatamente al Concejo Municipal, bajo responsabilidad.

11.Solicitar conciliaciones en los casos que señale y proceder a demandar o contestar procesos arbítrales cuando se hubiere o se pudieren afectar los derechos de la Municipalidad, para lo cual requerirá la autorización del mediante acto administrativo ante la Alcaldía.

12.Mantener informada a la Alta Dirección y sobre los avances de los procesos judiciales, conciliares, arbitrales a su cargo.

13.Informar trimestralmente al Concejo Municipal, el estado de los Procesos Judiciales, administrativos, conciliatorios y arbítrales, en donde es parte la Municipalidad.

14.Contestar, en vías de excepción Procesos Judiciales en general, cuando los plazos perentorios establecidos en las Leyes correspondientes no permitan la autorización previa del Concejo Municipal, sin perjuicio de la inmediata comunicación y ratificación del Concejo Municipal, de los respectivos actos procésales.

15.Mantener permanente coordinación con el Consejo de Defensa Judicial del Estado sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales.

16.Sostener periódicamente reuniones de coordinación con las gerencias y funcionarios municipales con la finalidad de plantear y desarrollar estrategias preventivas que signifiquen una reducción en la generación de nuevos Procesos o denuncias.

17.Informar mensualmente al Alcalde, el desarrollo de los Proyectos, Programas y actividades a su cargo.

18.Cumplir con las demás funciones afines delegadas por el Alcalde y el Consejo Municipal.

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